El incendio de Galeria Nicolini y la muerte de cuatro jóvenes trabajadores


El pasado 22 de junio se registró un incendio en la Galería Nicolini en la zona de Las Malvinas, en el centro de Lima. Hasta este momento están desaparecidos cuatro trabajadores de dicha galería comercial. Entre ellos están identificados Jovi Herrera Alania de 20 años y Jorge Luis Huamán Villalobos de 19 años y Luis Guzmán Taipe de tan solo 15 años. Hay un cuarto trabajador que aún no ha sido identificado.

Todos ellos se desempeñaban como trabajadores de la empresa JPEG SAC laborando en un contenedor metálico acondicionado de manera irregular como taller, en donde remarcaban tubos de neón para ser vendidos en dicha Galería. Ellos laboraban sin contratos de trabajo, de lunes a sábado en jornadas de más de 11 horas pues ingresaban a las 7.00 am. y terminaban aproximadamente a las 6.30 de la tarde, cuando anochecía pues el contenedor no contaba con luz propia. Por una semana de trabajo recibían 100 soles, que equivalen a poco más de 30 dólares.

No disponían de baños, y solamente unos tragaluces superiores iluminaban algo el reducido espacio. Lo más trágico, es que el empleador habitualmente cerraba el contenedor  con un candado para impedir que los trabajadores salgan antes de tiempo. Los cuatro trabajadores mueren pues cuando se inicia el incendio, el empleador desaparece dejándolos encerrados.

El rol del Estado y la fiscalización laboral

En el Perú la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral cuenta a nivel nacional con 18 supervisores inspectores, 98 inspectores de trabajo y 275 inspectores auxiliares. No existe ni un solo inspector de trabajo en Loreto, Tumbes, Tacna, Ayacucho, Ica, Lambayeque, Apurímac, Puno, Moquegua, Amazonas, Pasco, Huancavelica, Madre de Dios y San Martín.

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 131-2015-SUNAFIL se establece el Plan del Cuadrante Inspectivo que se basa en la sectorización por manzanas del ámbito distrital, sobre la base de la información suministrada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática. En mayo del 2015, SUNAFIL inicia un plan piloto en el distrito de La Victoria para fiscalizar puerta por puerta los centros informales. De esta manera, se inspeccionaba galería por galería, piso por piso. Para fines del 2015 ya estaba aprobada la implementación de este plan de fiscalización laboral.

Sin embargo, en febrero del 2016, asume Sylvia Cáceres como superintendenta, (a pesar de la oposición de la CGTP) y una de sus primeras acciones fue desactivar el Plan del Cuadrante Inspectivo. El Sindicato Nacional de Inspectores Laborales señala que con esta decisión se ha desarticulado el grupo de inspectores encargado exclusivamente de fiscalizar la informalidad y se ha despedido a la persona que estaba a cargo.

Por su parte, el  Gobierno ha dictado el DS N° 007-2017-TR del 31 de mayo del presente año que modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo en tres aspectos importantes: limita a una inspección al año respecto de una misma empresa por un mismo caso. Es decir, ya no se puede hacer seguimiento de las infracciones. En segundo lugar; cuando una empresa comete varias infracciones, solamente se aplicará la multa más alta de manera que las otras infracciones menores no serán multadas. En tercer lugar, se reducen los montos de las multas en general.

Para rematar el actual gobierno plantea un Proyecto de Ley N° 1437/2016-PE que impide las inspecciones laborales cuando existen procesos judiciales sobre el caso denunciado. Es decir, si una empresa es enjuiciada por una infracción laboral, mientras dure el proceso (que puede ser varios años), no recibirá multas ni inspecciones.


Ahora bien, debe recordarse que legalmente el Ministerio de Trabajo y SUNAFIL tienen la “obligación” de fiscalizar de oficio los centros que se presume están infringiendo las normas laborales.

Por otro lado, descargar la responsabilidad en los trabajadores por no denunciar su situación, es absurdo. ¿Trabajadores que por su precariedad económica se ven obligados a aceptar condiciones inhumanas de trato van a estar en condiciones de ir al Ministerio de Trabajo y poner una denuncia laboral arriesgándose a perder el trabajo y ser marcados por todas las empresas de ese conglomerado?

¿Quiénes son responsables?

Hay muchos responsables, ciertamente. La muerte de los cuatro trabajadores es consecuencia del proceso de desregulación laboral que se viene implementado en el país desde fines de los años 80s y con mayor fuerza durante la dictadura de Alberto Fujimori.

Actualmente las relaciones laborales en el Perú se caracterizan por su precariedad. Predominan los contratos temporales, cuando existen. Se trata de un mercado laboral ampliamente desregulado, con varios regímenes laborales que en diversos sectores y por diferentes razones han eliminado derechos laborales importantes. Los trabajadores textiles y de agroexportación por ejemplo, pueden estar con contratos temporales a lo largo de toda su vida productiva. Los trabajadores de PYMES sólo gozan de 15 días de vacaciones y de media gratificación.

En general, la desregulación desincentiva la afiliación sindical que actualmente se encuentra en alrededor del 6% de la PEA Asalariada. La fórmula del crecimiento económico en el país tiene entre sus ingredientes un Estado que no desea fiscalizar a las empresas y más bien promueve el debilitamiento de los sindicatos. Sin sindicatos fuertes, los pocos que logran desarrollarse enfrentan una dura oposición por parte de los empresarios, que dilatan los procesos de negociación colectiva o persiguen a los activistas sindicales.  Al final del anterior gobierno, la CGTP señalaba que había más de 500 dirigentes sindicales despedidos ilegalmente.

Los gremios de empresarios, como la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP), junto con la Cámara de Comercio de Lima y la Sociedad Nacional de Industrias han defendido públicamente el modelo de libre mercado y desregulación laboral. Se habla de lobbys pro-empresa que inciden en las altas esferas del gobierno para mantener la actual legislación laboral y para impedir que se cambien por leyes a favor de los trabajadores que restablezcan por ejemplo la estabilidad laboral o impongan mayores niveles de regulación laboral.

En julio del 2014, el lobby logró que el gobierno modifique sustancialmente la Ley 29783 de Seguridad y Salud en el trabajo mediante la Ley 30222. Entre otras cosas se cambió el Articulo 168-A incluyendo nuevas condiciones para la responsabilidad penal del empleador en caso de accidente con lesiones graves o muerte del trabajador. Con la modificación debe demostrarse que la falta sea deliberada, reiterada, que la autoridad haya notificado de la misma y que el empleador pudo prever las mismas.

También el Alcalde de Lima tiene responsabilidad al permitir que se instalen contenedores como lugares de trabajo y si bien el edificio fue administrativamente clausurado, no se dio el seguimiento respectivo y los dueños del mismo seguían operando tranquilamente.

Esto es así, porque todos los actores tienen la certeza de su impunidad. Los empresarios pueden operar en edificios clausurados y encerrar con candados a los trabajadores porque saben que la autoridad municipal y ministerial no los va a molestar.

La desregulación laboral precariza el empleo, debilita los sindicatos y reduce la fiscalización laboral. El incendio y muerte de los trabajadores en la Galería Nicolini no fue un hecho fortuito o azaroso. Hay una responsabilidad directa de los empresarios que explotan y encierran trabajadores, pero también el Estado a través del Ministro de Trabajo y la Superintendenta de Fiscalización, así como el alcalde de Lima son responsables indirectos. También los gremios empresariales que siguen considerando que no deben existir obstáculos, -es decir, derechos laborales-, para acceder a mayores utilidades.

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