Democracia en el centro de trabajo



"Está prohibido en el centro laboral discutir de temas políticos"
"No está permitido traer materiales impresos de contenido político al centro de trabajo"
"Todas las publicaciones que se distribuyan a los trabajadores en el centro laboral deben ser autorizadas por la Gerencia"
"No están permitidas las reuniones en el centro laboral incluyendo el comedor"

Reglamentos Internos de Trabajo de diversas empresas en Lima

¿Quedan suspendidas las libertades democráticas cuando un ciudadano ingresa al centro laboral? El Derecho del Trabajo piensa que no. Asimismo, la acción sindical a lo largo del tiempo y en los diferentes países ha estado orientada precisamente a garantizar dichas libertades. La racionalidad económica se encuentra en permanente tensión con la racionalidad política. Y el espacio donde más claramente se observa esta tensión es en el centro de trabajo. 

¿El centro de trabajo es "territorio ocupado" por el capitalismo? ¿Puede la democracia ingresar a dentro de la fábrica o debe quedarse en la puerta? Estas son preguntas pertinentes en cualquier sociedad democrática. 

En el Perú, precisamente éste es uno de los temas que menos se ha discutido desde la reforma laboral fujimorista. Desde entonces hemos asumido que la fábrica, el taller, la oficina y cualquier centro laboral son coto exclusivo del poder patronal. La ley del patrón es la que impera dentro de las fábricas. 

Esta racionalidad autoritaria obviamente no es exclusiva de nuestro país y supone dos niveles importantes. Un primer nivel, se extiende en todo el capitalismo, por la lógica del modelo taylorista, que sacrifica los múltiples saberes del trabajo en función de un único saber empresarial que se expresa en la "organización científica" del proceso productivo. La empresa taylorista no esta interesada en "escuchar" a los trabajadores, sino en "utilizarlos" como piezas de la gran maquinaria industrial. La disciplina taylorista es una exigencia de la eficiencia del capital. 

Un segundo nivel, se construye sobre esta disciplina y avanza más allá del ámbito de la producción para limitar el ejercicio de ciudadanía dentro del centro laboral. De esta manera, se construye un centro de trabajo sin ciudadanía, apolítico, neutro, intolerante, acrítico. Las libertades constitucionales se estrellan en los muros de cualquier empresa. Los trabajadores dejan la ciudadanía en el casillero y se convierten en obreros y empleados sin libertades civiles. 

El mecanismo que permite esto es la idea que la patronal tiene el "derecho sagrado" de "disciplinar" el centro de trabajo. Pero no es así. Legalmente, la dirección de una empresa tiene la potestad para regular el proceso productivo y determinar -con limitaciones- turnos, horarios, descansos y funciones- pero dicha regulación debe realizarse en coordinación con la opinión del colectivo laboral y definitivamente no puede poner "en paréntesis" la libertad de expresión ni mucho menos las libertades sindicales. Como nos recuerda Antonio Baylos, el Derecho del Trabajo existe precisamente para construir la "libertad en el trabajo" antes que la "libertad del trabajo". 

Sin embargo, en nuestro país, mediante los Reglamentos Internos de Trabajo, es decir, mediante un documento redactado unilateralmente por las direcciones de las empresas, se logra regular por encima de la normativa laboral, por encima de la propia Constitución y de los Convenios Internacionales de la OIT. 

No existe ningún mecanismo legal para que los trabajadores puedan observar dichos documentos. Bueno, un trabajador podría hacer una denuncia judicial, pero en serio, ¿ése es el único medio para recusar un Reglamento Interno de Trabajo de una empresa?


Es decir, si hasta hace poco, los empresarios trataban de ser discretos y sutiles en las limitaciones anticonstitucionales que establecen dichos Reglamentos. Con la nueva norma, no tendrán ningún límite. Libertad absoluta para los empresarios. Poder de clase, le dicen. 

Ya nos imaginamos que suerte de campo de concentración van a establecer nuestros buenos empresarios en los próximos Reglamentos Internos de Trabajo.  

-Buen trabajo, Mr. Toyama- agradece la CONFIEP. 

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