Todo lo que quieres saber sobre la negociación colectiva (Parte I)
Nuestro objetivo es la negociación colectiva exitosa. Los sindicatos son medios para mejorar las remuneraciones y las condiciones de trabajo; a partir de esto ampliamos nuestro núcleo de preocupaciones y se asume la lucha o búsqueda por cambios legales, sociales y políticos.
Pero todo empieza con el Pliego de Reclamos.
Para conocer de un tema hay que leer. No hay otra forma. Decirlo puede parecer una tontería, pero tanto los trabajadores que vienen diariamente al local sindical, como los estudiantes universitarios buscan aprender todo de la negociación colectiva o del sindicato escuchando lo que uno puede decirles en media hora. Y asi no es compañeros y compañeras. Hay que leer.
Antes, eso significaba ir al Jr. Azángaro o a la puerta del Ministerio de Trabajo en la Av. Salaverry (ya no esta allí) y comprar sus compedios de leyes... enormes ladrillos que expresan la prodigalidad con que los legisladores nos entregan leyes que dificilmente se cumplen.
Ahora tenemos a "Google". Nunca está de más detenernos a pensar cómo Internet cambia nuestros hábitos de investigación y lectura. Pero bueno, sin más preámbulos aqui dejo algunos enlaces que podemos revisar.
Guía didáctica para la negociación colectiva: Una herramienta sindical Este es un manual fundamental. es muy bueno. Sus autores son Juan Manuel Sepúlveda y Maria Luz Vega.
Estudio Comparado: Tendencias y Contenidos de la Negociación Colectiva: Fortalecimiento de las Organizaciones Sindicales de los Países Andinos
Negociación Colectiva en Biblioteca de la OIT
Negociación Colectiva Articulada: Una propuesta
Todo esto para empezar, nada más.
Bueno, estos apuntes no pretenden ser un curso o manual. Talvez algún dia, con más trabajo y la ayuda de más compañeros podamos hacer uno realmente útil, pues es necesario. Por ahora anotaremos algunas pistas generales para ubicarnos en el tema:
Estos son los temas que me gustaria tocar:
a.- Primera tarea: el pliego de reclamos.
b.- La instalación del trato directo
c.- Criterios generales de conducción de la Comisión Negociadora
d.- ¿Cuánto tiempo podemos estar en Trato directo?
e.- ¿Cómo romper el trato directo?
f.- La conciliación
g.- Huelga o arbitraje
h.- Preparar la huelga
i.- El convenio colectivo: que se acepta y que no
A ver, empecemos:
a.- Primera tarea: el pliego de reclamos.
El "pliego de reclamos" es el documento que expresa los intereses de los trabajadores y trabajadoras y los pone en blanco y negro. La ley determina una serie de requisitos para el pliego. En la CGTP tenemos modelos de pliegos y aquí hay uno para tomar como ejemplo.
Para hacer un pliego, la dirección sindical se reune primero. La Junta Directiva analiza las principales demandas de sus afiliados y las ordena jerárquicamente, es decir, por importancia. Lo central en el pliego es el aumento general aplicado al jornal básico calculado por dia.
Veamos. El aumento es general, es decir, no debe discriminar entre antiguos y nuevos. Muchas veces las empresas prefieren aumentar más a los antiguos y menos a los nuevos. Esto es un error y afecta la legitimidad del sindicato. la empresa premia la antiguedad porque es una manera de estimular la pasividad de los trabajadores. "Si te portas bien varios años, te premiaré". No debe ser asi. Las diferencias salariales no se justifican por el simple paso del tiempo, sino por la experiencia acumulada, las calificaciones técnicas, las competencias aprendidas. Y para reconocer esto se definen otras clausulas, como los quinquenios o de meritocracia.
Si un sindicato acepta aumentos escalonados esta diciendo a los más nuevos: "No te afilies, esperá unos años y recien entonces valec la pena afiliarse".
El aumento debe ser al básico, porque asi mejoran las gratificaciones, la CTS y la pensión de jubilación. Es más caro para los empleadores y por eso, los patrones prefieren dar "bonos" y mantener el básico por los suelos.
El pedido de aumento debe ser alto. No sólo porque pedir poco es tonto, sino porque la negociación es precisamente un proceso de tira y afloje. Nuestro aumento marca un techo, define un campo. Las empresas, siempre parten de la premisa que no tienen dinero y por lo tanto no pueden aumentar nada. Cero aumento. Asi de simple. Nada. El arte por tanto consiste en lograr lo máximo que puedan soltar los empresarios.
El Pliego debe ser aprobado por una asamblea general del sindicato. En la misma se elige a la "Comisión Negociadora". La ley dice que por 50 afiliados corresponden tres integrantes y por cada 50 afiliados más, se aumenta un miembro más a la comisión. Asi que generalmente son tres o cuatro.
Generalmente son elegidos el secretario general y el de defensa. El tercero, recomiendan los viejos sindicalistas, debe ser un miembro de base, para que la Comisión tenga un representante de la base y no sea vista simplemente como una extensión de la dirección sindical.
El pliego se presenta con una carta simple, detallando la fecha de asamblea, los miembros de la Comisión Negociadora y adjuntando el pliego de reclamos. La empresa debe sellar el cargo de recibido, pues esa es la prueba para efectos legales de su toma de conocimiento. La empresa tiene según ley, diez dias para responder el pliego. NO PUEDE RECHAZARLO. Salvo por causa formal, es decir, por la ausencia de alguno de los requisitos de Ley.
No esta permitido que el empresario rechace un pliego por "ser muy caro o exagerado". Si en última instancia, el empresario rechaza el pliego o se niega a sellar el cargo, se debe enviar por via notarial. Asi queda constancia notarial del rechazo. De ser este el caso, se envia el pliego por intermedio de la autoridad ministerial, es decir, se dirige una carta simple al Ministerio adjuntando el pliego y es éste quien se lo entrega a la empresa y cita a la instalación del trato directo.
En el mejor de los casos, la empresa el último dia envia una carta al sindicato señalando lugar, fecha y hora de "Instalación del Trato Directo". Debe ser por escrito.
En otro post veremos los siguientes puntos.
Pero todo empieza con el Pliego de Reclamos.
Para conocer de un tema hay que leer. No hay otra forma. Decirlo puede parecer una tontería, pero tanto los trabajadores que vienen diariamente al local sindical, como los estudiantes universitarios buscan aprender todo de la negociación colectiva o del sindicato escuchando lo que uno puede decirles en media hora. Y asi no es compañeros y compañeras. Hay que leer.
Antes, eso significaba ir al Jr. Azángaro o a la puerta del Ministerio de Trabajo en la Av. Salaverry (ya no esta allí) y comprar sus compedios de leyes... enormes ladrillos que expresan la prodigalidad con que los legisladores nos entregan leyes que dificilmente se cumplen.
Ahora tenemos a "Google". Nunca está de más detenernos a pensar cómo Internet cambia nuestros hábitos de investigación y lectura. Pero bueno, sin más preámbulos aqui dejo algunos enlaces que podemos revisar.
Guía didáctica para la negociación colectiva: Una herramienta sindical Este es un manual fundamental. es muy bueno. Sus autores son Juan Manuel Sepúlveda y Maria Luz Vega.
Estudio Comparado: Tendencias y Contenidos de la Negociación Colectiva: Fortalecimiento de las Organizaciones Sindicales de los Países Andinos
Negociación Colectiva en Biblioteca de la OIT
Negociación Colectiva Articulada: Una propuesta
Todo esto para empezar, nada más.
Bueno, estos apuntes no pretenden ser un curso o manual. Talvez algún dia, con más trabajo y la ayuda de más compañeros podamos hacer uno realmente útil, pues es necesario. Por ahora anotaremos algunas pistas generales para ubicarnos en el tema:
Estos son los temas que me gustaria tocar:
a.- Primera tarea: el pliego de reclamos.
b.- La instalación del trato directo
c.- Criterios generales de conducción de la Comisión Negociadora
d.- ¿Cuánto tiempo podemos estar en Trato directo?
e.- ¿Cómo romper el trato directo?
f.- La conciliación
g.- Huelga o arbitraje
h.- Preparar la huelga
i.- El convenio colectivo: que se acepta y que no
A ver, empecemos:
a.- Primera tarea: el pliego de reclamos.
El "pliego de reclamos" es el documento que expresa los intereses de los trabajadores y trabajadoras y los pone en blanco y negro. La ley determina una serie de requisitos para el pliego. En la CGTP tenemos modelos de pliegos y aquí hay uno para tomar como ejemplo.
Para hacer un pliego, la dirección sindical se reune primero. La Junta Directiva analiza las principales demandas de sus afiliados y las ordena jerárquicamente, es decir, por importancia. Lo central en el pliego es el aumento general aplicado al jornal básico calculado por dia.
Veamos. El aumento es general, es decir, no debe discriminar entre antiguos y nuevos. Muchas veces las empresas prefieren aumentar más a los antiguos y menos a los nuevos. Esto es un error y afecta la legitimidad del sindicato. la empresa premia la antiguedad porque es una manera de estimular la pasividad de los trabajadores. "Si te portas bien varios años, te premiaré". No debe ser asi. Las diferencias salariales no se justifican por el simple paso del tiempo, sino por la experiencia acumulada, las calificaciones técnicas, las competencias aprendidas. Y para reconocer esto se definen otras clausulas, como los quinquenios o de meritocracia.
Si un sindicato acepta aumentos escalonados esta diciendo a los más nuevos: "No te afilies, esperá unos años y recien entonces valec la pena afiliarse".
El aumento debe ser al básico, porque asi mejoran las gratificaciones, la CTS y la pensión de jubilación. Es más caro para los empleadores y por eso, los patrones prefieren dar "bonos" y mantener el básico por los suelos.
El pedido de aumento debe ser alto. No sólo porque pedir poco es tonto, sino porque la negociación es precisamente un proceso de tira y afloje. Nuestro aumento marca un techo, define un campo. Las empresas, siempre parten de la premisa que no tienen dinero y por lo tanto no pueden aumentar nada. Cero aumento. Asi de simple. Nada. El arte por tanto consiste en lograr lo máximo que puedan soltar los empresarios.
El Pliego debe ser aprobado por una asamblea general del sindicato. En la misma se elige a la "Comisión Negociadora". La ley dice que por 50 afiliados corresponden tres integrantes y por cada 50 afiliados más, se aumenta un miembro más a la comisión. Asi que generalmente son tres o cuatro.
Generalmente son elegidos el secretario general y el de defensa. El tercero, recomiendan los viejos sindicalistas, debe ser un miembro de base, para que la Comisión tenga un representante de la base y no sea vista simplemente como una extensión de la dirección sindical.
El pliego se presenta con una carta simple, detallando la fecha de asamblea, los miembros de la Comisión Negociadora y adjuntando el pliego de reclamos. La empresa debe sellar el cargo de recibido, pues esa es la prueba para efectos legales de su toma de conocimiento. La empresa tiene según ley, diez dias para responder el pliego. NO PUEDE RECHAZARLO. Salvo por causa formal, es decir, por la ausencia de alguno de los requisitos de Ley.
No esta permitido que el empresario rechace un pliego por "ser muy caro o exagerado". Si en última instancia, el empresario rechaza el pliego o se niega a sellar el cargo, se debe enviar por via notarial. Asi queda constancia notarial del rechazo. De ser este el caso, se envia el pliego por intermedio de la autoridad ministerial, es decir, se dirige una carta simple al Ministerio adjuntando el pliego y es éste quien se lo entrega a la empresa y cita a la instalación del trato directo.
En el mejor de los casos, la empresa el último dia envia una carta al sindicato señalando lugar, fecha y hora de "Instalación del Trato Directo". Debe ser por escrito.
En otro post veremos los siguientes puntos.
esta información es de gran ayuda,por favor sigan asesorando atravez de este blog...gracias
ResponderEliminarmuy buena la informacion de verdad y si hubiera algo mas o algun cambio actualizarlo por favor. gracias
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